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INTERVENTORIA Y SUSPENSIÓN

Brindamos asesoría en la supervisión de contratos, gestión de interventorías y trámites de suspensión o reinicio en Colombia. Salvaguardamos el equilibrio contractual y la seguridad jurídica del proyecto.

INTERVENTORIA Y SUSPENSIÓN

INTERVENTORIA Y SUSPENSIÓN

Protege tu contrato, evita sanciones y asegura el equilibrio de tu obra. Diseñado para empresas constructoras, entidades e interventorías que no pueden permitirse vacíos en el seguimiento contractual ni hallazgos de organismos de control. Te acompañamos a blindar actas, justificar suspensiones y reclamar mayores costos con la solidez jurídica que exige la contratación pública y privada en Colombia.

Problemas que se resuelven con el servicio

  • Responsabilidad personal, fiscal y disciplinaria de interventores y supervisores: Prevención y defensa frente a investigaciones de la Contraloría, Procuraduría o Fiscalía por presunta omisión en el control de obras o contratos.
  • Parálisis de proyectos e incertidumbre en suspensiones: Correcta formalización y justificación legal de las actas de suspensión y reinicio para evitar reclamaciones por mayores costos, desequilibrio económico o mora.
  • Riesgo de imposición de multas o caducidad del contrato: Gestión de requerimientos e informes de incumplimiento para blindar la postura de la empresa frente a procesos sancionatorios contractuales.

Componentes del servicio (¿Qué hacemos?)

  • Acompañamiento Legal a la Interventoría y Supervisión: Asesoría continua en la elaboración de bitácoras, requerimientos técnicos, informes mensuales de supervisión y gestión de observaciones al contratista.
  • Estructuración y Redacción de Actas Contractuales: Elaboración, revisión y blindaje jurídico de actas de inicio, suspensión, reinicio, prórroga, adiciones presupuestales, modificaciones y liquidación bilateral de contratos.
  • Gestión de la Suspensión Contractual: Diagnóstico de causalidad (fuerza mayor, caso fortuito, falta de licencias o imprevistos prediales), elaboración de la matriz de soporte para la suspensión y negociación de planes de ajuste.
  • Reclamaciones por Mayores Costos y Restablecimiento del Equilibrio: Tramitación e impugnación de reclamaciones derivadas de las suspensiones (costos de permanencia, personal en stand-by, maquinaria e indexaciones).
  • Defensa en Procesos de Incumplimiento y Sancionatorios: Representación en audiencias de declaración de incumplimiento, efectividad de pólizas de cumplimiento y procedimientos sancionatorios (Art. 86 de la Ley 1474 de 2011).

REQUISITOS

Documentos recolectados por el cliente:

  1. Copia del Contrato Principal y Contrato de Interventoría: Incluyendo pliegos de condiciones, términos de referencia y oferta aceptada.
  2. Certificado de Existencia y Representación Legal (Cámara de Comercio): Con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
  3. Bitácora de Obra / Registro Diario: O informes periódicos de avance de obra y comunicaciones previas entre contratista e interventor.
  4. Borrador o Propuesta de Acta de Suspensión / Reinicio: Con la justificación técnica, ambiental, social o financiera que motiva la medida.
  5. Copia de las Pólizas de Cumplimiento: Y sus correspondientes anexos de modificación/modificación de vigencia por suspensión.

LÍMITES

  • Naturaleza del Régimen Contractual: Aplica tanto para Contratación Estatal (Estatuto General de Contratación de la Administración Pública – Ley 80/93 y normatividad complementaria) como para la contratación privada (Código Civil y Comercial).
  • Autonomía de la Interventoría: La interventoría es independiente del contratista principal y responde solidaria o subsidiariamente frente al contratante o al Estado por las fallas en el seguimiento técnico, administrativo, financiero y legal.
  • Urbano / Rural: Sin restricciones de ubicación geográfica ni límites de extensión territorial o topes de cuantía.

TIEMPO

  • Efectos de la Suspensión en los Plazos del Contrato:
    • Pausa del plazo de ejecución: El periodo formalmente suspendido no se computa dentro del plazo de ejecución inicial del contrato.
    • Vigencia de las garantías: Obligación inmediata de ajustar y prorrogar las pólizas de cumplimiento, responsabilidad civil y estabilidad de la obra conforme a los días de suspensión.
  • Prescripción y Acciones Judiciales (Ley 1437 de 2011 – CPACA / Código Civil):
    • 2 años: Plazo de caducidad para interponer la acción de Controversias Contractuales ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, contados desde la firma del acta de liquidación (o desde el vencimiento del plazo para liquidar).
    • 5 años: Prescripción para acciones ordinarias de incumplimiento en materia civil/mercantil.

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